CONSULTORIO >>> PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS

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No tan fieros como los pintan

El certificado veterinario, necesario para obtener los papeles de perro peligroso (licencia), es gratuito para
los clientes de Clínica Veterinaria IAS.

El 22 de marzo de 2002, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto estableciendo unas disposiciones legales acerca de la tenencia de Animales Peligrosos y definiendo a los mismos. En este RD 287/2002 publicado en el BOE Nº 74 el 27 de marzo se desarrolla la Ley 50/1999 del 23 de diciembre y establece lo siguiente:

Tendrán categoría de perros peligrosos y estarán sujetos a esta normativa:

1. Animales pertenecientes a las siguientes razas y sus cruces:
· Dogo Argentino
· Staffordshire Bull Terrier
· Akita Inu
· Tosa Inu
· Rottweiler
· American Staffordshire Terrier
· Fila Brasileiro
· Pit Bull

2. Aquellos animales que tengan todas o la mayoría de estas características:


Goiz, Izaskun Martínez y Jaime Elorrieta

En diciembre Goiz cumplirá dos años, antes tuvimos otro rottweiler que vivió once años y medio.
Desde siempre ha sido una raza que nos ha gustado por su porte y físico, antes incluso de que se pusieran de moda. Son perros muy nobles y cariñosos; a Goiz le encanta jugar con nuestros sobrinos quienes le hacen de todo y nunca ha habido el menor problema.
Desde febrero le llevamos a un adiestrador para que tenga una educación aún más ferrea. Son perros con carácter lo que obliga a sus dueños a no ceder y ser más fuertes que ellos. Somos conscientes de que a mucha gente les intimida por ello evitamos situaciones conflictivas y nunca le llevamos a parques o a lugares con aglomeraciones de gente. Al ser una raza considerada potencialmente peligrosa la legislación es muy estricta pero lo más importante es la educación del dueño y su compromiso con la socialización del perro.

· Cabeza voluminosa, cuboide con cráneo ancho, mandíbula grande y profunda
· Fuerte musculatura
· Marcado carácter
· Perímetro torácico entre 60 y 80 cm
· Altura a la cruz entre 50 y 70 cm
· Peso superior a 20 kg
· Extremidades anteriores paralelas, rectas y posteriores muy musculosas
· Pecho macizo y profundo, lomo musculado y corto
· Pelo corto.

3. Animales con carácter marcadamente agresivo a juicio de la autoridad competente, o que hayan protagonizado ataques a personas o a otros animales.

Además de definir a los perros peligrosos, exige a sus propietarios unos requisitos, licencias y medidas de seguridad

1. Requisitos para la obtención de licencias (Plazo hasta fin de junio 2002 , en los registros municipales)
· Mayoría de edad
· Ausencia de antecedentes penales y administrativos, ni haber sido sancionado con sanciones graves o muy graves
· Certificado de capacidad física (pruebas visuales, auditivas, neurológicas, locomotoras y psicomotoras). Un año de validez.
· Certificado de aptitud psicológica (ausencia de enfermedad o deficiencia mental). Un año de validez.
· Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros (con una cobertura superior a 120.000 €)

2. Medidas de seguridad
· Identificación con microchip.
· En lugares públicos: Llevar licencia y certificado de la inscripción en el registro y uso de bozal y correa no extensible de menos de dos metros. Sólo un perro por persona.
· En lugares privados: Estar atados o en habitáculos cerrados para proteger a las personas que se acerquen.
· Los criadores, adiestradores y comerciantes de animales de este tipo dispondrán de instalaciones y medios adecuados para su tenencia.
· Las sustracción o pérdida del animal será comunicada por el titular al registro municipal de animales potencialmente peligrosos en un plazo de 48 horas.

     
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